indígena guatemalteca privada de la libertad desde hace siete años

#CNDH llama urgente al poder judicial de Tamaulipas a resolver situación de mujer


#CNDH llama urgente al poder judicial de Tamaulipas a resolver situación de mujer
Derechos Humanos
Mayo 19, 2022 20:34 hrs.
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CIUDAD DE MEXICO, a 19 de mayo. - La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) hace un llamado urgente al Juez Primero de lo Penal de Primer Instancia del Quinto Distrito en el estado de Tamaulipas, a efecto de que, con pleno respeto a su facultad jurisdiccional, se pronuncie sobre la prolongación o cese de la prisión preventiva decretada en un proceso penal que se le sigue a una mujer indígena de origen guatemalteco en contexto de movilidad y pobreza, en virtud de que han transcurrido 7 años y 6 meses aproximadamente de su ingreso al Centro de Ejecución de Sanciones en esa entidad, sin que a la fecha haya recibido una sentencia, lo cual contraviene el plazo constitucional establecido para tal efecto, vulnerándose sus derechos a la presunción de inocencia, seguridad jurídica, debido proceso en transversalidad con sus derechos al acceso a la justicia y a la libertad personal.

Desde los años 2018, 2021 y 2022 este Organismo Nacional, a través de la Cuarta, Quinta y Tercera Visitaduría, respectivamente, han tenido conocimiento, a través de los familiares de la víctima y de la organización de la sociedad civil que los representa, sobre los presuntos hechos violatorios a los derechos humanos cometidos en agravio de la mujer durante su detención por elementos de la Policía Ministerial de la entonces Procuraduría General de Justicia (PGJ) ahora Fiscalía General de Justicia del estado de Tamaulipas, por lo que recabó los testimonios de las personas peticionarias y de la persona agraviada y, una vez analizada la competencia, remitió las quejas a la Comisión de Derechos Humanos del estado de Tamaulipas, quien las admitió a trámite e investigación en el mes de abril de 2018.

La CNDH, desde su remisión por las primeras quejas recibidas y, a la fecha, por una radicada recientemente en la Tercera Visitaduría General de este Organismo, ha dado puntual seguimiento al caso, de tal manera que ha sostenido interlocución institucional constante durante estos años con personal de su homóloga local a cargo de la investigación, a efecto de que se realizaran las acciones de investigación que favorecieran a la víctima, teniendo que, en el mes de abril de este año, ese Organismo Protector Estatal emitió las Recomendaciones 001/2022 y 002/2022 al acreditarse violaciones a sus derechos humanos a la integridad personal, a la seguridad jurídica, a los derechos de las personas bajo la condición jurídica de migrantes, cometidos en agravio de dicha persona. Incluso, esta Comisión Nacional ha









expuesto por escrito y vía telefónica a personal del Juzgado de Primera Instancia de referencia sobre la necesidad de revisar el caso en virtud de haber excedido el plazo para resolver su situación jurídica.

En ese sentido, el Organismo Estatal de Derechos Humanos comprobó que la víctima, mientras se encontraba en un domicilio donde estaba sujeta a trabajos forzosos, fue detenida junto con las demás personas que se encontraban en dicho lugar por policías ministeriales que ingresaron para tal efecto, desconociendo los motivos de su detención, quien, además, en el momento de su aseguramiento no hablaba ni entendía el español al ser hablante de su dialecto de origen Chuj; más tarde fue trasladada a las instalaciones de dicha corporación en ciudad Reynosa, Tamaulipas y, mientras se encontraba bajo la custodia de esos servidores públicos y responsabilidad, en vez de concretar las medidas necesarias para salvaguardar su integridad, fue sometida a una serie de agresiones físicas y verbales, bajo un esquema de degradación a su dignidad humana y sin perspectiva de género, al tratarse de una mujer de origen indígena y en contexto de movilidad y quien, además, presuntamente estaba retenida en dicho lugar sometida a explotación laboral.

Cabe precisar que dicha persona fue acusada del delito de privación ilegal de la libertad en su modalidad de secuestro, y por dicho de la víctima, manifestó que ella, a su vez, había sido retenida por traficantes de personas en su intento por llegar a los Estados Unidos de América y fue sometida a realizar trabajos forzosos en el lugar donde ocurrió la detención. No obstante, se le dio a firmar su declaración sin conocer su contenido, no contó con una asistencia jurídica adecuada y tampoco se le asignó una persona traductora. Fue durante su estancia en el centro penitenciario donde se encuentra actualmente que aprendió a hablar y a comprender el español.

La víctima ingresó al Centro de Ejecución de Sanciones Penales en Tamaulipas el 18 de abril de 2014, a fin de enfrentar su proceso en prisión preventiva, no obrando hasta la fecha resoluciones de primera y segunda instancia y/o auto de ejecutoria.

Lo anterior, ha sido motivo de importante preocupación tanto de personal de la Comisión de Derechos Humanos del estado de Tamaulipas, de Organismos de la Sociedad Civil, en especial del Movimiento Migrante Mesoamericano, así como de este Organismo Nacional, en tanto que, además de la acreditación a las violaciones a sus derechos humanos cometidas durante su detención, llama la atención que ha transcurrido en exceso el plazo razonable establecido en la Constitución Federal para que se determine la situación jurídica de dicha persona, quien es víctima de una posible discriminación interseccional e institucional en virtud de los diversos contextos que convergen al ser mujer, indígena, en situación de pobreza, persona migrante, que de manera transversal sigue incidiendo en su actual situación jurídica al seguir vulnerándose el principio de presunción de inocencia, sus garantías de debido proceso, y su acceso a la justicia, al constatarse que no ha sido procesada conforme al Protocolo de Actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren derechos de personas, comunidades y pueblos indígenas y porque, tampoco, se ha determinado su situación jurídica a la luz de lo expuesto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el amparo en revisión 315/2021.



Por lo anterior, la CNDH hace un urgente llamado al Poder Judicial del estado de Tamaulipas, así como a las Instituciones corresponsables del Estado mexicano para que se realicen, a la brevedad posible, acciones que permitan visibilizar la situación jurídica actual en la que se encuentra la víctima, a fin de realizar un análisis a fondo para que la medida de prisión preventiva impuesta no siga prolongarse innecesariamente en su perjuicio y para que, a la brevedad, se dicte una determinación al nivel de los más altos estándares nacionales e internacionales en la materia, con perspectiva de género, interseccional y conforme al principio pro persona, en tanto que, de seguir prolongando dicha medida sin justificación alguna, conlleva a una continua violación de sus derechos fundamentales, de las que las autoridades deberán hacerse responsables.

¡Defendemos al pueblo!

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