La reforma al CCF fortalecen la libertad de expresión para una mejor convivencia social : Córdova Hernández


La reforma  al  CCF fortalecen la libertad de expresión para una mejor  convivencia social : Córdova  Hernández
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Enero 02, 2018 18:34 hrs.
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CIUDAD DE MÉXICO, A 2 DE ENERO 2018.-Con la reciente aprobación de reformas al Código Civil Federal, en materia de reparación del daño moral, se fortalece el derecho constitucional a la libertad de expresión, al regular el uso de internet para una mejor convivencia y el respeto mutuo que tienen las personas para manifestar sus ideas, aseguró el diputado federal por el estado de Tabasco, José del Pilar Córdova Hernández.

Luego de que el pleno de la Cámara de Diputados aprobará las reformas y adiciones al artículo 1916 del código en mención, el legislador priista explicó que la libertad de expresión está garantizada como un derecho humano en los artículos 6o. y 7o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, no solamente en la manifestación de las ideas, sino en la difusión de las opiniones que la persona pueda expresar con responsabilidad en el uso de sus derechos civiles.

Al ser un derecho humano, continuó, se convierte en un principio constitucional en el que tanto el Estado mexicano como los propios ciudadanos están obligados a respetar. El artículo sexto, dijo, enmarca esta libertad garantizándola, siempre y cuando no exista algún ’ataque a la moral, a la vida privada o los derechos de terceros’ y en caso de ser así podrá haber ’inquisición judicial o administrativa.’

Córdova Hernández dijo que lo anterior significa que en el marco constitucional del Derecho que rige la vida pública de la sociedad, de las instituciones y del Estado, la libertad de ideas y de expresión es un factor fundamental garantizado constitucionalmente, pero también son regulados los excesos con límites precisos en las leyes reglamentarias.

Destacó que en la sociedad mexicana son difusos los límites a la libertad de expresión como derecho humano, cuando puede ser causa de daño moral por lesión o menoscabo de bienes en el ámbito de la dignidad y el honor de la persona, derivados del insulto y la ofensa, las cuales han sido referencias tradicionales, incluso, de tipo cultural.

José del Pilar Córdova Hernández aseguró que con la llegada de las nuevas tecnologías de la información, como internet y las redes sociales, la libertad de expresión, al día de hoy, no tiene límites ni fronteras. De ahí que sea necesario normar el internet ’en la responsabilidad de quien lo usa y que, como toda aquella libertad de expresión, su límite sea que no atente o dañe al principio pro persona y, desde luego, el libre desarrollo personal y profesional de los individuos’.

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