En las nubes

Nuestros juzgadores (dos y fin)

 Nuestros juzgadores (dos y fin)
Periodismo
Octubre 17, 2018 19:01 hrs.
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Carlos Ravelo Galindo, Afirma: › guerrerohabla.com

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No soslaya el nepotismo, pero asevera que en la carrera judicial por más hijo, ahijado, esposo/a, novio/a de algún miembro de la judicatura, si no sigues el camino establecido no puedes aspirar a ser juzgador federal.
El propio sistema te repele, pues el profesionalismo y la excelencia no se heredan, se aprenden en el camino’, insiste Miguel Isaí Martínez Campuzano, secretario de un Tribunal Colegiado. Caso contrario de otros poderes, donde los puestos no son para los más calificados, sino para el amigo y comparsa en turno, el hijo, ahijado, nieto, etcétera.
En el Poder Judicial de la Federación no puedes nombrar a alguien si no reúne todos los requisitos legales. Aquí no se hace acepción de personas, ni se dispensan requisitos, tu capacidad dicta el lugar que ocupas. Y explica que el secretario de Tribunal Colegiado de Circuito, cumplió con los mismos requisitos que el de Juzgado de Distrito, sólo que su responsabilidad es distinta, para efectos del juicio de amparo indirecto representa una segunda instancia.
Presenta alrededor de ciento veinte proyectos de sentencia al año, los cuales no solo pasan por un filtro, sino que se debaten por tres magistrados, quienes se encuentran en lo más alto de la carrera judicial; al paso de los seis años este funcionario elaboró setecientos veinte proyectos aproximadamente.

Han pasado seis años, nuestro ejemplo ahora tiene treinta y tres años, entonces, cumple con los requisitos para aspirar a ser juzgador federal. También debe acrecentar su cultura jurídica a través de cursos, diplomados, obtener un grado de maestro o de doctor en derecho; y, además, impartir alguna cátedra.

El Juez de Distrito durará en su encargo seis años, al cabo de ese tiempo podrá ser ratificado o nombrado Magistrado de Circuito. Un secretario de juzgado dicta trescientos proyectos de resolución en un año, entonces un juez de distrito firma alrededor de dos mil cien resoluciones en un año, si trascurren los seis para su ratificación, habrá rubricado al menos doce mil seiscientas resoluciones.
En caso de que se encuentre alguna irregularidad grave, el jugador federal es separado de su cargo y sujeto a una investigación, que vulnera cualquier garantía de defensa y el debido proceso. Aun así, al lograr su ratificación, ahora cuenta con treinta y nueve años, lleva dieciséis años dedicado al Poder Judicial de la Federación. Y concursa para ser nombrado Magistrado de Circuito, proceso similar al de Juez de Distrito y logra ser vencedor.

Empieza de nuevo, una adscripción distinta, Tlaxcala. Ahí va con o sin familia, y tendrá que resolver junto a otros dos magistrados. Su palabra no es la última Deberá debatir, defender y consensuar con sus pares la resolución de los asuntos, además de cumplir las diversas funciones administrativas encomendadas. Un Magistrado Federal resuelve alrededor de mil cuatrocientos asuntos al año.
Pasarán seis años para aspirar a la ratificación, y resolvió casi nueve mil asuntos. Entonces, es evidente que este tipo de servidores públicos son dignos de su salario y de las condiciones de trabajo que lo sustentan. Nadie en el país trabaja tanto como ellos, además, la toga no se queda en el juzgado, los acompaña a donde van. No, como un diputado o senador prepotente, sino con la consigna de seguir las reglas civiles y comportarse con respeto y decoro, pues son ejemplo de la sociedad.

Algún periodista, de manera denotativa, nos dice, llamó a los jugadores federales la ’clase dorada’ o algo similar. La calidad, preparación, profesionalismo y calidad de los integrantes del Poder Judicial de la Federación avalan su vituperio.

Tan cierto estoy, que requiero que pregunten -a quienes tuvieron alguna vez un asunto en trámite ante algún órgano del Poder Judicial de la Federación- cómo fue el trato, la calidad de las instalaciones y de las resoluciones.
Espero su respuesta, me niego a pensar que es negativa, al margen del sentido de la resolución, por favor, no confundir con la Procuraduría o los Poderes Judiciales Estatales. Pregúnteles por un trámite ante alguna dependencia del ejecutivo federal, estatal o municipal,. Interrógueles por lo engorroso del sistema, la calidad de los servidores públicos o la corrupción latente a flor de piel, sin que nadie haga o diga nada.
Eso no pasa en el la judicatura federal. Los jueces federales no tienen acceso directo a ningún tipo de recurso ni dinero público, lo que sí ocurre con los otros dos poderes. Apuntó también que no se debe confundir la carrera judicial con el nombramiento de Ministro de la Corte, el cual es un puesto político, que puede ser precedido o no, de la carrera judicial.
Finalmente, Miguel Isaí Martínez Campuzano afirma que quien elige la carrera judicial y dedica su vida a servir a través de la impartición profesional de justicia es justo merecedor de su salario’. Así es la historia jurídica don Luis Aguilar Morales. Usted lo sabe. La ha vivido y, siempre, nos consta, la ha respetado.

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