# El gobierno de Ixtapaluca capacita a servidores públicos sobre acoso y hostigamiento sexual


# El gobierno de Ixtapaluca capacita a servidores públicos sobre acoso y hostigamiento sexual
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Agosto 08, 2020 12:53 hrs.
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IXTAPALUCA, MÉX. -Con la finalidad de erradicar cualquier acto u omisión que constituya una violación a los derechos humanos, servidoras y servidores públicos del Ayuntamiento de Ixtapaluca recibieron capacitación sobre Acoso laboral y hostigamiento sexual por parte de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (CODHEM).

El curso se llevó a cabo por medio de una plataforma virtual en coordinación con la Defensoría Municipal de Derechos Humanos. El defensor municipal, Miguel Ángel Espinosa Ramírez, dijo que la preocupación de la alcaldesa Maricela Serrano es que todo el personal que labora en el Ayuntamiento sea capacitado en materia de derechos humanos para dar una mejor atención a la ciudadanía.

Las y los servidores públicos identificaron la diferencia entre acoso y hostigamiento dentro del entorno laboral. La capacitadora de la CODHEM, Adalhy Gochy Casillas, explicó que mientras en el hostigamiento sexual existe una situación de subordinación y se presenta de manera reiterada, en el acoso no necesariamente existe subordinación y los hechos no son reiterados.

Ambas situaciones, dijo, se pueden clasificar bajo diferentes aspectos: limitar la posibilidad de comunicación, ataques a las relaciones sociales, ataques a la reputación, ataques a la profesión y ataques directos a la salud, y se puede dar de manera leve, media o alta, esto cuando ya hay un roce o contacto físico, con presión para tener relaciones sexuales o existe un intento de violación.

La capacitadora detalló que ambas situaciones pueden tener consecuencias en el ámbito familiar, social y en la salud y son conductas difíciles de percibir por una tercera persona; sin embargo, se presenta bajo diferentes manifestaciones, desde la conducta verbal de naturaleza sexual hasta el comportamiento no verbal con las mismas connotaciones.

También indicó que, de acuerdo con el artículo 154 del Código Penal del Estado de México, a las personas que hagan una denuncia o acusación falsa sobre cualquiera de estas situaciones se les impondrá de dos a seis años de prisión, o de 50 a 500 días multa o hasta mil días por reparación de daños.

Indicó que los protocolos de actuación para atender estas situaciones se deben realizar con perspectiva de género, con acciones encaminadas a la prevención, evaluación del clima laboral y difusión de la normatividad.

Y que existen sanciones de tipo formal, accionadas a través de la vía penal, administrativa o laboral mediante órganos internos de control, unidades administrativas y de género. Y de tipo informal, a través de mediación y conciliación.

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