La carrera por juzgar a los expresidentes: ¿AMLO, PT o Morena?


La carrera por juzgar a los expresidentes: ¿AMLO, PT o Morena?
Política
Agosto 27, 2020 21:58 hrs.
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Jue 27 Agosto 2020 14:52
Retomado de politicomx
Andrea Cruz
Ciudad de México, a 27 de agosto.- La consulta popular para juzgar a los expresidentes es un tema que ha dominado la agenda pública en los últimos días ante los acontecimientos recientes que involucran la filtración de videos y denuncias donde personajes importantes de la política mexicana son nombrados, estos hechos han revivido el tema de la consulta popular, pero también sobre quiénes podrían solicitarla. Hay que recordar que si bien, desde que se hizo este planteamiento, el presidente Andrés Manuel López Obrador refirió que tendría que realizarse a petición de la ciudadanía, conforme se acerca la elección de 2021, legisladores o el propio titular del Ejecutivo Federal han dejado entrever que podrían ser los promoventes de este ejercicio que algunos han considerado inviable o con un uso político, de cara a los comicios del próximo año.


¿Quién está facultado para solicitar una consulta popular?
Dentro del artículo 35 de la Constitución, que establece los lineamientos para la consulta popular, también indica los requisitos para solicitarla y qué figura puede hacerlo. De esta manera las personas facultadas para esta acción son: el presidente de la república, los legisladores y ciudadanos.

Si bien estos actores pueden solicitarlo, para cada uno aplica un control diferente. Por ejemplo: el presidente, en este caso AMLO, puede ejercer su facultad para solicitar hacer una consulta popular y enjuiciar a los expresidentes. La petición la debe de presentar al presidente de la Cámara de Diputados, y a su vez tiene que ser aprobada ’por la mayoría de cada Cámara del Congreso de la Unión’.

¿Qué pasa con los legisladores? El caso es similar al del presidente, si bien tanto diputados como senadores pueden hacer la petición, es necesario contar con el respaldo del ’33% de los integrantes de cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión’.

Es decir, si los diputados piden al Congreso convocar a una consulta popular, deben de contar con la firma de apoyo del 33 % de los legisladores, equivalente a 166 de los 500 legisladores que integran la Cámara Baja.

En el caso de los senadores aplicaría de la misma manera, salvo que el número de firmas sería menor pues el Senado se conforma por 128 legisladores, por lo que deberían de tener al menos el aval de mínimo 43 senadores.

Al igual que con el caso del titular del Ejecutivo Federal, la convocatoria que emitan los legisladores debe ser aprobada por la mayoría de cada Cámara del Congreso de la Unión.

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