#La CNDH emitió recomendación al IMSS por inadecuada atención y fallecimiento


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#La CNDH emitió recomendación al IMSS por inadecuada atención y fallecimiento
Derechos Humanos
Noviembre 11, 2021 15:59 hrs.
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CIUDAD DE MEXICO, a 11 de noviembre.- Personal de salud no realizó un diagnóstico oportuno a la víctima, quien presentaba síntomas de diabetes mellitus tipo 2, lo que provocó una dilación en el otorgamiento de tratamiento

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 70/2021 al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Alejandro Robledo Aburto, por la inadecuada atención médica que recibió una persona en la Unidad de Medicina Familiar número 22 (UMF-22) y en el Hospital General de Zona de Medicina Familiar número 2 (HGZ-MF2), en el estado de Guanajuato y quien finalmente perdió la vida.

La víctima, de 50 años, acudió el 1 de diciembre de 2018 a la Unidad de Medicina Familiar, ubicada en el municipio de Abasolo, por sentirse fatigado. Tras ser revisado, personal de salud estableció que cursaba un proceso infeccioso y prescribió medicamentos para controlar la fiebre y el dolor, pero omitió indagar el origen de dicho padecimiento y sólo le comentó que debía esperar a ser atendido por su médico familiar, ya que era sábado.

Dos días después, el paciente acudió de nueva cuenta a la UMF 22, de donde fue canalizado al Hospital General de Zona de Medicina Familiar número 2, en Irapuato, sin que se le practicara algún interrogatorio o exploración física, por lo que no se percataron que padecía del Síndrome Hipoglucémico Hiperosmolar.

En su investigación, la CNDH advirtió que la atención proporcionada por personal médico del IMSS fue negligente, al no identificar de forma precisa y oportuna el estado hiperglucémico que cursaba la víctima, mismo que es una de las dos alteraciones metabólicas más graves que se presentan en pacientes con diabetes mellitus tipo 2 y no referirla, de manera urgente, al segundo nivel de atención para una valoración médica especializada y el otorgamiento de tratamiento oportuno.

Aunado a ello, no se le practicó un interrogatorio exhaustivo con la finalidad de recabar datos de importancia, ni efectuar una exploración física integral que pudiera haber arrojado un diagnóstico temprano, lo cual provocó una dilación en el tratamiento específico, que tuvo como consecuencia el deterioro de su estado de salud y su posterior fallecimiento.

Por ello, al acreditar violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida, este Organismo Nacional solicitó al director general del IMSS que repare integralmente los daños causados a quien por derecho corresponda, incluyendo una compensación justa y suficiente con motivo de la inadecuada atención recibida, y se les otorgue el apoyo médico y psicológico que requieran, por parte de personal especializado y de forma continua; colaborar en el trámite y seguimiento de la denuncia por presunta responsabilidad administrativa que esta Comisión Nacional presente ante el Órgano Interno de Control en el IMSS y ante la Fiscalía General de la República (FGR), por los hechos anteriormente descritos.

Finalmente, se deberá impartir personal de la UMF-22 y del HGZ-MF2 un curso integral de derechos humanos, derechos de los pacientes y sus implicaciones en la protección de la salud, enfatizando el conocimiento, manejo y la observancia, tanto de la Norma Oficial Mexicana (NOM) relativa a la integración del expediente clínico, como de la Guía de Práctica Clínica de ’Tratamiento de la Diabetes Mellitus Tipo 2 en el Primer Nivel de Atención’; además de emitir una circular para garantizar que se agoten las instancias pertinentes que permitan satisfacer los tratamientos médicos, conforme a lo dispuesto en la legislación nacional e internacional.

La Recomendación 70/2021 ya fue debidamente notificada a su destinatario y puede consultarse en la página web cndh.org.mx.

¡Defendemos al pueblo!

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