La ’supremacía constitucional’ viola leyes internacionales sobre DH: BMA


La ’supremacía constitucional’ viola leyes internacionales sobre DH: BMA

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Octubre 30, 2024 09:42 hrs.
Periodismo ›
Luciano Tapia › Portal Mexiquense.com.mx

La Jornada
Historia de Cesar Arellano • 18 h • 2 minutos de lectura

La Barra de Abogados de México cuestionó que las reformas constitucionales recientemente aprobadas violan tratados internacionales sobre DH a los que México está adscrito. Foto @BMA_Abogados
La Barra de Abogados de México cuestionó que las reformas constitucionales recientemente aprobadas violan tratados internacionales sobre DH a los que México está adscrito. Foto @BMA_Abogados
Ciudad de México. La reforma de la llamada Supremacía Constitucional "viola las obligaciones internacionales de México en materia de derechos humanos’, advirtieron la Barra Mexicana de Abogados (BMA) y el Laboratorio de Impacto sobre el Estado de Derecho de la Facultad de Derecho de Stanford.

La reforma constitucional aprobada en el Senado la semana pasada, establece la supremacía de la Carta Magna y deja claro que no proceden amparos, controversias, ningún otro recurso jurídico en contra de modificaciones o adicione a esa que es la ley suprema en el país.

En un comunicado conjunto, la BMA y dicho Laboratorio recordaron que esta iniciativa propone modificar los artículos 105 y 107 de la Constitución Política mexicana, eliminando la competencia de los tribunales federales para revisar las reformas constitucionales impugnadas a través de las acciones de inconstitucionalidad, controversias constitucionales y amparo.

’De aprobarse, esta iniciativa violaría el Artículo 1de la Constitución Política que establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en (...) los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección. Esta iniciativa también viola las obligaciones de México en virtud de la Convención Americana sobre Derechos Humanos de respetar los derechos humanos (artículo 1), adoptar las disposiciones de derecho interno necesarias para garantizar tales derechos (artículo 2) y garantizar recursos judiciales efectivos (artículos 8 y 25).

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Agregaron que México también está obligado a garantizar estos derechos en virtud de los artículos 2, 3 y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Apuntaron que el acceso al control jurisdiccional es en sí mismo un derecho humano,y resulta indispensable para garantizar que las reformas constitucionales no vulneren los derechos humanos

Aseguraron que la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas ha sido claro al señalar que "todos los procesos democráticos requieren el respeto y la protección de los derechos humanos", destacando que "las reformas constitucionales no son diferentes a este respecto; los derechos humanos deben ser respetados y protegidos durante el proceso."

Por estas razones, la Barra Mexicana Colegio de Abogados y el Laboratorio de Impacto de Estado de Derecho de la Escuela de Derecho de la Universidad de Stanford instaron al Congreso de la Unión a evaluar la iniciativa de reforma constitucional a la luz de las obligaciones de México bajo el derecho internacional para garantizar la protección de los derechos humanos.

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